La Secretaría de Energía estableció las condiciones de aplicación del Régimen de Zona Fría tras los cambios que introdujo la ley 27.828. La resolución 299, publicada este martes en el Boletín Oficial, define qué usuarios accederán a descuentos en las tarifas de gas.

El esquema prevé un descuento del 50% sobre el precio del gas para las zonas incluidas y una bonificación adicional del 20% para los hogares que cumplan ciertos requisitos. El beneficio quedó limitado a quienes residen en la Patagonia, Malargüe (Mendoza) y la región de la Puna.
Según la norma, para identificar a los hogares alcanzados se cruzará la información del Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF) con la ubicación de cada suministro y las zonas bioambientales que abarca el régimen.
La rebaja del 50% alcanzará a los usuarios residenciales de gas natural de esas regiones y también a comercios, pequeñas industrias y entidades del rubro «Servicio General P». Se aplicará sobre el precio del gas natural o del propano indiluido distribuido por redes, pero no sobre los cargos de transporte y distribución, por lo que no impactará en el total de la factura.
Las distribuidoras deberán trasladar el beneficio a las tarifas y presentar ante el Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENReGE), con carácter de declaración jurada, los datos de consumos y bonificaciones otorgadas.
La bonificación adicional está destinada a los usuarios residenciales incluidos en el régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF) y se sumará a la asistencia que ya reciben por ese sistema. Equivale al 20% del Precio Anual Uniforme del gas natural y del propano por redes, y se aplicará solo sobre los consumos base fijados por la normativa del SEF.
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